Square Tree Corp cuenta con un equipo de profesionales capaces de asistir a clientes en las siguientes áreas:
- Preparación de presupuesto anual y registro;
- Preparación y presentación de declaraciones de impuestos para empresas y personas naturales;
- Preparación y presentación de declaraciones de ITBMS de acuerdo con los términos de la leyes;
- Consultoría en el ámbito de los impuestos directos e indirectos.
Tipos de Impuestos sobre la Renta en Panamá
Los ingresos de un individuo en Panamá están sujetas a los siguientes impuestos:
DE |
HASTA |
Impuesto sobre la Renta |
0 |
11,000 |
0% |
11,001 |
50,000 |
15% en el monto que exceda USD 11,000 |
50,001 |
Y MAS |
USD 5,850 en los primeros USD 50,000 y 25% en el monto que exceda USD 50,000 |
Los ingresos de una persona jurídica en Panamá están sujetos a diferentes métodos y tasas de acuerdo a la actividad realizada y la renta gravable.
Método Tradicional
Este método se aplica a las empresas con ingresos imponibles por debajo de USD 1,5 millones.
Desde el 1 de Enero 2014 se aplica la siguiente tarifa:
PERIODOS FISCALES |
TARIFA GENERAL |
Desde el 1 de Enero 2014 |
25% |
El impuesto sobre la renta causado debe ser pagado a más tardar el 31 de marzo del año siguiente (90 días).
EL CÁLCULO ALTERNATIVA DE IMPUESTO A LA RENTA (CAIR)
Este método se aplica a las entidades jurídicas cuya renta imponible supera los USD 1,5 millones.
La persona jurídica debe pagar la suma mayor de:
- Ingreso gravable neto por el método tradicional
- La renta neta gravable que resulte de aplicar a los ingresos totales de un tipo impositivo en el 4,67%.
- Consultoría en el ámbito de los impuestos directos e indirectos.
Exenciones del método CAIR:
Cuando por razón del pago del Impuesto sobre la renta calculado según el método de CAIR la persona jurídica incurriese en una pérdida, los contribuyentes pueden solicitar la no aplicación del CAIR.
Después de haber verificado y aceptado la solicitud de la persona jurídica, la Dirección General de Ingresos otorgará la opción de usar el método tradicional de cálculo del impuesto sobre la renta por un período máximo de 3 años.