Registro de Yates en Panamá

Square Tree Corp. ofrece la coordinación del proceso necesario para registrar un yate en Panamá.
Favor tomar nota que un yate bajo bandera de Panamá se va a usar para fines personales y placer solamente, lo que indica que ninguna actividad comercial o lucrativa podría llevarse a cabo.
PROCESO PARA REGISTRAR UN YATE EN PANAMÁ
El primer paso para el registro de un yate en Panamá es la Patente Provisional de Navegación. A continuación se resumen los principales requisitos para este proceso:
a) Nombre y datos completos del yate.
b) Poder Especial a favor de la firma de abogados elegidos emitida por el propietario. Este documento debe ser certificado por un Notario Público y autenticado por un Consulado de Panamá o por Apostilla.
c) Declaración jurada de la actividad no comercial expedida por el propietario.
d) El pago de US$ 1,500.00 (cuando el solicitante no es ciudadano panameño) a favor de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).
La patente provisional se otorga por un período de seis meses y podría extenderse por un período adicional de un mes, por unos meses más, a través del pago de una tarifa de US$ 50,00 por mes.
Este punto es necesario para obtener la patente de navegación permanente y licencia de radio para que el yate se registre bajo bandera panameña.
Los siguientes documentos son requeridos, debidamente notariados y legalizados por un Consulado de Panamá o por Apostilla:
a) Certificado del Constructor emitida en nombre del propietario en caso de un nuevo yate o factura de venta y aceptación del Comprador de venta en el caso de que el buque fue objeto de una venta anterior.
b) Certificado de supresión de la matrícula anterior. Este documento debe ser expedido por la autoridad competente del país en que el buque se había registrado previamente.
c) Poder Especial a favor de la firma de abogados elegidos emitida por el propietario.
Un buque extranjero estará sujeto a inspección en Panamá. Sin embargo en los casos de yates de placer, registrados en Panamá como naves de servicio exterior, es decir, que no navegarán ni permanecerán en aguas nacionales, no será necesario realizar una inspección.
La patente de navegación permanente es válida por 2 años y tal vez indefinidamente renovado.